Carlos Ramírez López: Juicios contra Venezuela (I)

La tormenta judicial que amenaza a Venezuela desde el exterior es de una gravedad tal que supera cualquier otra. Por ahora cunde la alarma por una sentencia de un tribunal en Delaware que disparó al corazón del sustento económico del país, la empresa Citgo, autorizando que se le ejecute el cobro de 1.400 millones de dólares de un fallo que en el año 2014 emitió el tribunal internacional de arbitraje Ciadi por la expropiación que contra la empresa Crystallex ejecutó Hugo Chávez. Y es que estamos indefensos ante esa ofensiva que no puede seguir siendo manejada solo como un problema jurídico, pues trasciende lo político, lo humano y lo moral y contra lo cual estamos en el deber de insurgir. Tenemos que atrevernos a cuestionar esos fallos, a llevar el tema a la ONU, que no debe quedar impasible ante ese ataque masivo contra un pueblo indefenso bajo las garras de una organización criminal.

Origen del caso

En una intrincada historia, la propiedad de la mina de oro centro del reclamo de Crystallex era de una viuda que se complicó en pleitos con sus abogados hasta que quedó en propiedad de una compañía 70% propiedad privada a nombre de Placer Dome y 30% de la CVG, empresa del Estado. Ante la falta de rendimiento la privada vendió su parte por 50 dólares a otra canadiense denominada Vannessa Ventures LTD, Hugo Chávez la expropió y cedió la concesión a Crystallex, la que así obtuvo la concesión montada sobre aquella expropiación ilegal y por tanto cuestionable como aprovechamiento de acto ilícito, para después quedar ella misma también agraviada por un acto igual y por lo cual demandó resarcimiento por 1.200 millones de dólares más intereses y gastos.

Creo que cabría cuestionarle a Crystallex los presuntos derechos originados en un acto de despojo del anterior propietario.

Esta demanda corrió por ante el tribunal de arbitraje Ciadi. La defensa de Venezuela la ejerció el abogado Manuel Galindo, a quien su comadre Cilia Flores había dejado como encargado de la Procuraduría General sin aprobación de la Asamblea Nacional, lo cual es un requisito de validez establecido en la Constitución. En la práctica esto significa que en ese proceso no tuvimos derecho a la defensa, por tanto es un proceso afectado de nulidad y hasta con aristas delictivas.

Sentencia en contra y vuelco contra Citgo

En abril de 2016 el Ciadi sentenció a favor de la demandante Crystallex y condenó a Venezuela a pagarle 1.386 millones de dólares. Seguidamente, se demandó la ejecución del fallo por ante un tribunal de Delaware y para garantizar la ejecución se pidió embargo sobre bienes de Citgo argumentando que siendo esta propiedad de Venezuela queda sujeta a la ejecución de sus deudas. En esa situación se presentó el vencimiento de bonos 2020, por lo que tenía que pagar 2.800 millones de dólares que fueron autorizados pagar por la Pdvsa del gobierno de Guaidó, ante lo cual Crystallex alegó que esa era una maniobra fraudulenta para insolventarse y hacer imposible la ejecución del fallo a su favor emitido por el Ciadi. Hilando muy fino, el tribunal sentenció que ese pago estaba dirigido a insolventar a la demandada porque, aunque siendo Venezuela la condenada a pagar a Crystallex, había que considerar que Citgo es propiedad de Pdvsa y que esta es propiedad de Venezuela y por tanto ese acuerdo de pago estaba dirigido a insolventar bienes del país obligado y por tanto ordenó el embargo, el cual no se ha ejecutado por medidas de protección dictadas por el gobierno norteamericano

Otros casos

Ya hay otras sentencias similares esperando ejecución, los acreedores hacen fiesta con los girones que quedan de la antigua riqueza venezolana que ha sido desfalcada por la banda de hampones que se instalaron en el poder desde 1998. Los activos que nos quedan están en vías de parar en los bolsillos de los fondos buitre, grupos de agiotistas que asistidos de grandes bufetes están a la caza de derechos de demandantes para comprarlos baratos y financiar juicios donde cobran completo.

La defensa en tiempos de Maduro

Corresponde al procurador general la defensa de los derechos patrimoniales de la república, esa es la misión que le asigna el artículo 247 constitucional. La última persona que ocupó legalmente ese cargo fue Cilia Flores, quien lo dejó en el año 2012, desde entonces no tenemos esa representación legal. Los abogados Manuel Galindo primero y Reinaldo Muñoz después, usurpando el cargo han asumido la representación de Venezuela en 36 casos que se han planteado ante el Ciadi, de los cuales ilegalmente ellos transaron 23, quedando en curso 13 de esos juicios. Allí están en juego miles y miles de millones de dólares, todo en la oscuridad en manos de estas piezas del ajedrez de la corrupción de la dictadura.

La defensa en tiempos de Guaidó

En febrero de 2019 el presidente interino Juan Guaidó designó como procurador especial al doctor José Ignacio Hernández, brillante académico que hace esfuerzos para atender esta emergencia judicial que en mi opinión lo está desbordando, primero por falta de recursos y luego por carencia de experiencia litigante. Es que la batalla en tribunales no es solo el conocimiento jurídico, es garra, audacia, intuición, es algo muy fuerte solo disimulado por el flux y los buenos modales, pero en verdad allí se mata o se muere. En estos casos no se puede estar en el altar de la academia sino en la arena, en el barro del feroz combate.

¿Cuántas Pdvsa hay, cuántos procuradores?

En el escenario judicial hay mucha confusión, tenemos dos Pdvsa, una de Maduro y otra de Guaidó, ambas activas en tribunales de Estados Unidos. Un tribunal sentencia que reconoce a los representantes de Guaidó como aderechados para intervenir procesalmente porque es al Poder Ejecutivo de Trump al que corresponde decidir a quién reconoce como representante de gobiernos extranjeros, pero otro tribunal se atiene a los recursos que ejercen los apoderados de Maduro. Esas y otras situaciones similares necesitan de un pronunciamiento de la Corte Suprema de Estados Unidos mediante una acción conocida como “Right of Certiorari”, una especie de recurso de amparo que es de su competencia y aunque son muy pocos los casos que conoce porque le es potestativo, este tiene todas las trazas para que lo haga porque es un tema de trascendencia internacional, jurídica y económicamente muy importante y que es necesario para fijar una línea judicial única sobre a quién ha de reconocerse con los derechos para representar los conflictos que involucran a Venezuela.

Esto se lo he escrito al procurador especial José Ignacio Hernández pidiéndole que lo haga, pero no se ha animado, lo percibo muy tímido para este monstruoso escenario en el que estamos bajo el acoso de mil demonios.

Aclaratoria:

No me presto para ataques personales que descalifiquen a priori. Mis observaciones están dirigidas al accionar de quienes por tener responsabilidades importantes en la tarea de reconquistar la libertad deben estar enmarcadas dentro de parámetros de efectividad, y por supuesto de honestidad de transparencia. Apoyaré y colaboraré en todo cuanto esté a mi alcance a las personas que estén de este lado de la lucha, a menos que se demuestre sin lugar a dudas que se han involucrado en actos repudiables. Así que en lo expuesto en estos escritos dejo a salvo la honorabilidad de las personas que he mencionado, como son el doctor José Ignacio Hernández, el doctor Omar Barboza y por supuesto al presidente Juan Guaidó, quien cuenta con mi total apoyo.

Carlos Ramírez López@carlosramirezl3

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