“JUEZ RECTOR CARLOS GAMEZ Y SU ERROR INEXCUSABLE”

Aragua no está ante un escándalo, está ante una implosión. Un nombre concentra la tormenta: Carlos Gámez, juez rector del estado.

Un cargo que debería representar autoridad moral… hoy señalado como el eje de una presunta estructura de corrupción que, según fuentes jurídicas, operó durante más de una década dentro del sistema judicial.

El 11 de marzo la Sala Constitucional habló y no hubo disidencias. Cinco magistrados. Cinco votos. Una sentencia demoledora:

¡ERROR INEXCUSABLE! Pero esa frase, lejos de cerrar el caso, fue la llave que abrió algo mucho más oscuro.

EL EXPEDIENTE QUE NUNCA DEBIÓ EXISTIR

Todo comenzó en 2009 o al menos, allí se sembró la semilla, un procedimiento sustentado en una sentencia respaldado por un poder sin validez suficiente de Grecia, Un documento débil y un origen cuestionable.

Pero avanzó durante años dentro del sistema, con decisiones que nadie frenó,  generando efectos reales, económicos, legales y humanos. Demasiado tiempo, Demasiada permisividad, demasiado silencio, hasta que alguien encendió la luz.

LA JUSTICIA COMO ARMA

Lo que vino después fue peor, una causa civil se transformó en penal y en esa transformación que se dio por actos de corrupción del juez rector, un hombre terminó tras las rejas: Un ciudadano griego, socio de la empresa involucrada. Un expediente viciado dejó de ser un simple caso, para convertirse en una privación de libertad. El conflicto cruzó fronteras y escaló niveles diplomáticos.

El propio primer ministro de Grecia solicitó la revisión del caso ante el Estado venezolano, la presión internacional rompió lo que el silencio interno había protegido durante años.

NO ES UN JUEZ, ES UNA RED

La Sala Constitucional no habló de errores aislados, ordenó algo mucho más grave: Remitir el expediente bajo la Ley contra la Delincuencia Organizada y Terrorismo, esto es algo que cambia todo porque aquí ya no se habla de negligencia  se habla de estructura y corrupción.

Según los elementos expuestos, Gámez no habría actuado solo sino que actuó en complicidad con un socio, tres abogados y una operación coordinada.

En términos jurídicos: ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, una figura penal que supera los 10 años de prisión y más aún: ESTAFA CALIFICADA, agravada por haber sido ejecutada desde el propio sistema de justicia… ¡Cuando el juez se convierte en operador… el sistema deja de ser justicia!

Pero el punto más explosivo no está en el delito está en la impunidad a pesar de la sentencia, el juez rector sigue en su cargo sigue firmando, sigue decidiendo, sigue ejerciendo poder ¿Por qué? Dentro del foro jurídico de Aragua, la respuesta se repite en voz baja… pero constante: PROTECCIÓN DE PADRINOS JUDICIALES.

Según versiones que circulan, el propio Gámez habría afirmado contar con respaldo en las más altas esferas del poder judicial, mencionando nombres que, de confirmarse, comprometerían directamente la estructura institucional como el de la Presidenta del TSJ, el presidente de la sala civil y la presidenta de la sala constitucional..

Mientras tanto, el Código de Ética Judicial es claro: Un error inexcusable implica destitución inmediata. Pero aquí, la norma no cayó, se dobló.

En la superficie, todo parece normal tribunales móviles recorriendo comunidades, jueces de paz como símbolo de cercanía, redes sociales proyectando eficiencia institucional, pero detrás de esa narrativa, la realidad es otra… Toda forma parte de una estrategia consolidada para formar un corrupto montaje.

Una fachada diseñada para construir legitimidad mientras se oculta lo esencial, Se habla de escarnio selectivo, de control del discurso judicial, de uso mediático de la justicia para blindar reputaciones y neutralizar denuncias, una justicia que se muestra… pero no se expone.

En Aragua ya no se habla de individuos, se habla de grupos de una “TRIBU JURÍDICA”. Un círculo de abogados protegidos, favorecidos, sostenidos dentro de una lógica de lealtad y silencio una estructura donde el poder no se cuestiona… se respalda y  donde quien denuncia, queda expuesto.

¿La Comisión Judicial actuará?,  ¿La Inspectoría Judicial responderá? Porque frente a una sentencia de la Sala Constitucional, la inacción no es neutralidad es complicidad percibida.

LA SENTENCIA

En la sentencia aquí mencionada el TSJ ordena despiece de expedientes, investigación penal y sanción a juez rector Carlos Gámez por presunta obstrucción a la justicia en casos vinculados a Gregorio Caravasile

En la decisión con efectos que sacuden al sistema judicial venezolano, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una serie de medidas extraordinarias contra de Gámez, los funcionarios judiciales y actores procesales relacionados con dos expedientes de alto perfil. La resolución no solo ordena una exhaustiva investigación penal, sino que además declara el error judicial inexcusable, y remite copias de la decisión a múltiples autoridades del Estado.

DIVISIÓN DE LA CAUSA Y DESGLOSE DE EXPEDIENTES

El tribunal determinó la división de la continencia de la causa, lo que en términos sencillos significa partir en dos procesos separados actuaciones que hasta ahora estaban unidas. En concreto, ordenó a la Secretaría de la Sala que proceda con el desglose formal de:

El expediente identificado con el número 19.908‑20, correspondiente al Juzgado Octavo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

El expediente C‑18.518‑17, de la numeración del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Estos han sido remitidos, por separado, al Ministerio Público, inspectoria de tribunales y a la Comisión judicial para que inicie una investigación penal exhaustiva.

La Sala señala como hechos que motivan la investigación la presunta comisión de DELITOS GRAVES CONTRA EL SISTEMA DE JUSTICIA, que se convertirían en el eje del caso penal:

  1. -Obstrucción a la administración de justicia, tipificado en el artículo 45, numeral 3 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, por presuntos actos obstruccionistas desplegados por el imputado Gregorio Caravasile y sus abogados defensores privados. Bajo ese numeral, obstruir la justicia prometiendo dinero u otras ventajas para conseguir un fin en el proceso judicial está sancionado con penas de prisión severas.

  2. -Estafa asociada al fraude procesal, prevista en el artículo 462 del Código Penal venezolano, que sanciona actos dirigidos a engañar al tribunal o interferir en el curso regular de la justicia con perjuicio para las partes o la administración judicial. En otras palabras, la sala constitucional no solo sospecha de irregularidades procesales, sino que considera que podrían constituir delitos penales serios que afectan la integridad del sistema judicial.

  3. Error judicial inexcusable: La Sala Constitucional decretó un “error judicial inexcusable” contra el juez Ramón Carlos Gámez Román, quien actuaba como regente del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Estado Aragua. Esta figura jurídica implica un reconocimiento formal de fallas graves o negligencia manifiesta del Juez en la tramitación del caso, al punto de menoscabar el debido proceso, los principios de justicia y la confianza que debe inspirar el ejercicio judicial.

La declaración tiene implicaciones éticas y administrativas muy significativas para el funcionario afectado y abre la puerta a procedimientos disciplinarios internos en el Poder Judicial.

Además de la investigación penal en curso, el TSJ ordenó remitir copia certificada de esta decisión a las siguientes instituciones y personas:

  • El Ministerio Público, encargado de ejercer la acción penal pública.

  • La Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales, encargadas de la fiscalización interna y disciplina de jueces y funcionarios judiciales.

  • El propio juez Ramón Carlos Gámez Román, para su conocimiento y eventual defensa.

  • El Registro Mercantil Primero del Área Metropolitana de Caracas, vinculada probablemente a actos mercantiles que forman parte de los expedientes.

Este conjunto de remisiones pone en evidencia la dimensión institucional de la decisión judicial, que excede el ámbito de los expedientes y obliga a múltiples órganos del Estado a actuar con rapidez y transparencia.

En este caso, la Sala asegura que actúa para corregir posibles delitos y resguardar el debido proceso, sin embargo, críticos advierten que también podría abrir tensiones entre los poderes del Estado.

Es totalmente innegable que la decisión del TSJ tiene el potencial de desencadenar una serie de investigaciones, sanciones internas y posibles responsabilidades penales que marcarán un antes y un después en la percepción pública del sistema de justicia en Venezuela.

Y COMO DICE LA CANCIÓN, ¡NO FUE UNO, NI FUERON DOS…. FUERON TRES!

El Juez rector de Aragua hoy se avista como la infamia vestida de seda y el festín de las sentencias compradas. Hoy, la pluma cargada de indignación, desenmascaramos al Juez Rector Civil de Aragua, el hombre que convirtió la justicia en una subasta y el Palacio de Justicia en su propio mercado persa y como dice la canción está cargado de tramas de corrupción judicial.

EL CASO QUE REBASÓ EL VASO: EL DESPOJO COMO NORMA

La evidencia de otro caso que hoy presentamos basado en el expediente 22-0318 no es solo un papel con tinta; es el grito de una víctima de un sistema diseñado para aplastar al débil.

En este caso particular, el Juez Rector no actuó como un árbitro imparcial, sino como el verdugo de la propiedad privada. Con una agilidad procesal que no existe para el ciudadano común, se orquestó una maniobra jurídica digna de los peores regímenes autoritarios. Retardos procesales selectivos, desaparición de folios clave y una complicidad descarada con bufetes de abogados «amigos» que son, en realidad, los cobradores de vacunas del circuito civil.

¿Cómo se explica que una sentencia definitiva sea ignorada y sustituida por un «acuerdo» cocinado a espaldas de la ley?

EL DESPRECIO POR LA LEY: UN ERROR «INEXCUSABLE»

Pero la podredumbre no es solo ética, es técnica y descarada. Al revisar las actuaciones del Juez Rector Civil de Aragua, nos encontramos con una bofetada directa a la jurisprudencia de nuestra nación. Este «señor de la justicia» ha ignorado deliberadamente las directrices del máximo tribunal, incurriendo en lo que la ley define como una aberración jurídica. No lo decimos nosotros, lo dice la doctrina que él juró defender y que hoy pisotea para favorecer intereses oscuros. Según el análisis legal del caso, el Rector ha caído en:

«La comisión de un grave e inexcusable error de juzgamiento, al incurrir en franco desconocimiento y desacato de la doctrina vinculante establecida por este máximo Tribunal Constitucional, en sentencia de fecha 30 de marzo de 2005, con ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño…»

Este texto legal es la prueba del delito intelectual. El documento es claro al señalar que se sanciona la actuación judicial cuando el juez «incurre en una errónea apreciación de los hechos que conlleva a la aplicación de una consecuencia jurídica errada» o cuando «utiliza erróneamente las normas legales». Lo que estamos viendo en Aragua es una «grosera omisión y desconocimiento de la realidad efectivamente acreditada en el expediente«, lo que se traduce en una «mala praxis en el ejercicio de la actividad jurisdiccional«.

En términos de calle: el Juez Rector no cometió un error por ignorancia, sino que fabricó una injusticia a medida, interpretando erróneamente el régimen legal para torcer el brazo de la verdad.

Este personaje, que debería ser el ejemplo de probidad para los nuevos abogados, se ha convertido en el arquitecto de una estructura criminal que ha secuestrado la fe pública. Bajo su mando, la ley en Aragua es un chicle que se estira y se encoge según el tamaño de lo que se ponga sobre la mesa de su despacho privado.

Fuentes internas del circuito, que hablan bajo el más estricto anonimato por miedo a represalias —porque este Juez no perdona, él destruye carreras—, denuncian que las reuniones para decidir el destino de los inmuebles y empresas más valiosas del estado no se dan en los estrados, si no en su oficina particular.

¡BASTA DE IMPUNIDAD!

Desde esta columna le hablamos de frente al Tribunal Supremo de Justicia y a la Inspectoría General de Tribunales: ¿Hasta cuándo van a mirar hacia otro lado? ¿Cuántas denuncias más deben acumularse para que la «limpieza» llegue a los tribunales de Aragua?

El Juez Rector Civil de Aragua se siente intocable. Cree que sus conexiones políticas y sus maletas llenas de dinero lo protegerán para siempre. Pero se olvida de algo: la verdad tiene una fuerza que no se puede comprar.

EPÍLOGO PARA UNA SOCIEDAD HERIDA

A usted señor Juez, disfrute de su despacho mientras pueda. Su nombre ya está en la boca de un estado que se cansó de ser humillado. Cada vez que usted firma una sentencia injusta, está cavando su propia tumba moral.

Este reportaje es un compromiso con las víctimas. No vamos a callar. Seguiremos hurgando en las alcantarillas de su gestión hasta que el olor a podrido sea tan insoportable que nadie pueda ignorarlo.

¡Justicia o nada! Aragua despierta, la corrupción tiene dueño y hoy le hemos puesto rostro. Este reportaje es parte de la investigación que desnuda el sistema judicial Aragüeño…

Notas relacionadas:

Continúa la corrupción de Gámez

TO BE CONTINUED…

Ciudadano de Aragua, si tú también has sido víctima del Juez Rector Civil, si has visto cómo tu patrimonio se desvanece entre expedientes «traspapelados» o si te han exigido «vacunas» para que la ley se cumpla, esta es tu oportunidad de contraatacar.  Te instamos a que dejes tu denuncia detallada aquí abajo, en los comentarios de esta página, o que nos hagas llegar las pruebas de sus atropellos a través de nuestros canales de contacto.