La Juez denunciada de Guárico sostiene que ella fue estafada por el vendedor

En su réplica la ciudadana juez Ingrid Josefina del Valle Hernández destaca que en esa venta que le hizo el hoy fallecido ciudadano Rafael Ramón Mejía Aldana, ella fue estafada y acusa a su denunciante Claudia Itamar Zambrano Amaya de carecer de cualidad, ni legitimidad para denunciarla

Recientemente recibimos una denuncia que hace la ciudadana Claudia Itamar Zambrano Amaya contra la abogada Ingrid Josefina del Valle Hernández, quién hoy está al frente del Tribunal con competencia en los Municipios Santa María de Ipire y El Socorro del estado Guárico; y que publicamos en noticiasjr.com bajo el titulo: “Una juez de Guárico imputada por tratar de apropiarse de un inmueble con documento falso”. Pues bien, la juez denunciada se comunicó con nuestra redacción vía telefónica y nos solicitó derecho a réplica. Le suministramos nuestro correo electrónico y por esa vía nos escribió.

En su réplica la ciudadana juez Ingrid Josefina del Valle Hernández destaca que en esa venta que le hizo el hoy fallecido ciudadano Rafael Ramón Mejía Aldana, ella fue estafada y acusa a su denunciante Claudia Itamar Zambrano Amaya de carecer de cualidad, ni legitimidad para denunciarla.

También en su extenso escrito la Juez Hernández trata de darnos una clase sobre periodismo, explicándonos como debe hacerse para recibir una denuncia de esta naturaleza y nos puntualiza: “…No se debe causar daño con la pluma, sin antes averiguar la veracidad de los hechos, además que las acciones y pretensiones jurídicas no se deben ventilar por la vía del periodismo, para eso están los canales regulares, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, en donde se debe llevar la verdad de los hechos con las debidas probanzas que demuestren esos alegatos.”

 

Veamos textualmente la defensa de la juez Hernández frente a los señalamientos:

 

SAN JUAN DE LOS MORROS 19 DE AGOSTO DE 2019

 

 

CIUADADANO

LICENCIADO JOSE RAFAEL RAMIREZ

EDITOR DEL PERIODICO DIGITAL NOTICIAS JR

CON NÚMERO DEL CNP 3.141

SU DESPACHO.

ANTE LA NOTICIA APARECIDA EN LAS REDES ESTE LUNES 19 DE AGOSTO DE 2019 BAJO EL TITULO: “UNA JUEZ DE GUARICO IMPUTADA POR TRATAR DE APROPIARSE DE UN BIEN INMUEBLE CON DOCUMENTO FALSO” CON UNA FRASE DEL POETA LIRICO Y SATIRICO HORACIO…”LA JUSTICIA, AUNQUE ANDA COJEANDO, RARA VEZ DEJA DE ALCANZAR AL CRIMINIAL EN SU CARRERA…” y luego aparece el nombre de la ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, DONDE SE LEE QUE ESTA CIUDADANA …” PAPELES EN MANO DENUNCIA QUE LA ABOGADA INGRID JOSEFINA EL VALLE HERNANDEZ… PRETENDE DESPOJARLA DE SU PROPIEDAD, UTILIZANDO PARA ELLO, UN DOCUMENTO DE VENTA FALSO SUSCRITO FUERA DE LA JURISDICION SUPUESTAMENTE POR SU DIFUNTO ESPOSO RAFAEL RAMON MEJIA ALDANA..”( SUBRAYADO MIO)

Ante esta malsana denuncia,  cuya acusación o imputación falsa se evidencia la intención de causarme un daño para perjudicarme, supuestamente interpuesta por ante ese medio por la ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, aprovechándose de su buena fe de comunicador social, me permito hacer uso DE MI LEGÍTIMO DERECHO A RÉPLICA, por cuanto la referida denuncia, es por demás infame y muy lejos de la verdad por muchos motivos que a continuación le paso a replicar:

 

La ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, NO ES PROPIETARIA de ningún inmueble localizado en la referida urbanización Evaristo Linares Vegas segunda etapa; NO ES ESPOSA DEL FALLECIDO vendedor y antiguo propietario; NO ES CIERTO QUE PRETENDA DESPOJARLA de una propiedad que no tiene; NO ES CIERTO QUE ME HAYAN TRASLADADO para el Municipio el Socorro como jueza titular motivado a una también malsana y falsa denuncia interpuesta por ella ante el Ministerio Publico; ES FALSO QUE EL DOCUMENTO DE VENTA QUE POSEO SEA FALSO. Por ello acudo a confrontar  con la verdad como único medio que siempre me ha asistido.

 

Ciudadano licenciado, la mencionada ciudadana también le debió aportar mis números de contacto y usted verificar personalmente lo veraz de la misma, soy altamente conocida en esta ciudad, Constitucionalmente es el deber ser, esa terrible información atenta contra mi honor, reputación, decoro, ética, probidad.

 

Ciertamente mi nombre aparece en ese documento porque En el año 2013 Realice Una Operación De Compra Venta con el ciudadano RAFAEL RAMON MEJIA ALDANA, quien en vida creíamos que era amigo, cuya transacción se realizó por ante la notaria de San Sebastián de los Reyes, tal como quedó asentado en los libros de esa Notaria y donde quedó autenticado el documento de venta; antes usted hacia cualquier transacción de bienes inmuebles por ante cualquier notaria, hasta el año 2018 que solamente se debe realizar por ante el registro Inmobiliario correspondiente; esa notaria la escogió el propio vendedor, de cuya verdad pueden dar fe sus familiares, hermana, sobrina y madre, quien fue quien ordeno la elaboración del documento, ¿Por qué?, porque por ante esa notaria para él era más fácil, menos oneroso y no le exigían muchos requisitos de pago de solvencias, entre otros, la venta consistió en unas bienhechurías y terreno; ¿qué es extraño? ¿Dirigirme de san juan de los morros a san Sebastián? Algo normal, común y corriente, de cualquier transacción donde usted se sienta más cómodo y mejor tratado; el vendedor acudió en persona a firmar el documento y allí yo estampe la mía, el documento es auténtico estimado licenciado y la ciudadana denunciante lo sabe. No sé qué pretende al seguir denunciando unos hechos que por sí solos se carecen de veracidad, y que sabe que fui ESTAFADA por el vendedor, no sé quién está detrás de ella para hacerla incurrir en estos delitos graves, no entiendo la obsesión hacia mi persona. Queda así aclarada sus preguntas capciosas de por qué no hice como usted lo describe.

El vendedor ciudadano RAFAEL RAMON MEJIA ALDANA,  antes de venderme la propiedad en noviembre de 2013, ya la había vendido a otro ciudadano meses antes, julio de 2013 y después de venderme, también lo hizo con otro ciudadano por el Estado Lara en 2015 de donde era oriundo, en otra notaria y también vendió de manera privada a otras personas tanto aquí en san juan de los Morros, como en caracas, en los años 2016 y 2017.Lo que pudo configurar una Estafa Continuada. Pero el vendedor se encuentra fallecido.

 

La ciudadana  CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, invade en el mes de febrero de 2019 las bienhechurías que están en construcción, están inhabitables, allí aparece el primario comprador, quien una vez constados los documentos simplemente compro primero y tal como reza el artículo 1924 del código civil que será válido el documento que contenga mejor derecho, y el ciudadano de apellido Ramírez tiene mejor derecho que el documento mío, así de sencillo, claro y transparente, lo que indica que el documento donde el fallecido vendedor me vendió no lo pude utilizar nunca, no hice uso de él, no me dio tiempo de usarlo, una vez que falleció el vendedor, ya que perdió toda validez legal, dejo de ser legítimamente valido, solamente confrontarlo con el del primario comprador. Y eso lo sabe la denunciante por cuanto el legítimo propietario lo hizo de su conocimiento a la denunciante e invasora y le manifestó que ya la situación legal no era con la doctora Hernández porque ya no tenía derechos, que el vendedor Rafael Mejía me había estafado, que él era el dueño absoluto. Es decir, no ESTOY RECLAMANDO PROPIEDAD ALGUNA, NO PRETENDO DESPOJAR A NADIE DE NADA. NO HE USADO EL DOCUMENTO DE VENTA. Esto desvirtúa que la denunciante sea propietaria, tenga derechos o sea posesora de buena fe.

 

De tal manera que el legítimo dueño fue quien hizo la denuncia contra la ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA por ante organismos de seguridad y por ante el Ministerio Publico, por La COMISION DE LOS DELITOS de INVASION Y PERTURBCION A LA POSESION, según expediente número MP-78600- 2019 FISCALIA 14. Ello desvirtúa las infames declaraciones de esta ciudadana.

 

La denunciante NO ES ESPOSA del ciudadano vendedor fallecido, no es viuda, no existe prueba de ello y de serlo y tener derechos, este vendió en vida las propiedades que tenía para cubrirse su enfermedad terminal; la vía para reclamar no es precisamente la vía penal para usarla con fines de amedrentamiento, es la vía civil, o la especial de ser el caso. En donde debería acudir a reclamar derechos de tenerlos. Y no hacerse justicia por propia mano y macular la moral de otros.

 

Ciertamente la ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, me hizo una denuncia por perturbación a la posesión y por uso de documento falso; no he cometido tales delitos, ni la he perturbado, es una invasora cuyo delito está penado en el código penal como ilícito, y el documento de venta que poseía es auténtico, lo único que perdió validez ante el surgimiento de un documento anterior. Lo que se traduce en la comisión de otro delito, SIMULACION DE HECHO PUNIBLE. Investigaciones que realiza el Ministerio Publico. ¿Qué pretenden una imputación? La justicia se debe imponer. No he perturbado, ni he usado un documento falso, es auténtico, que haya perdido validez es otra cosa, ante la aparición de otro documento.  Alguien busca beneficiarse usando a esta ciudadana para hacer ese tipo de denuncia en mi contra. 

 

Lo cierto es que fui VÍCTIMA DE UNA ESTAFA al igual que otros compradores. ¿Por qué solo me ataca a mí, Ingrid Hernández de manera personal?

 

No tengo ningún interés legal en la referida propiedad, no estoy reclamando propiedad, mi documento no sirve, FUI VÍCTIMA DE ESTAFA.

 

Nunca he hecho uso del referido documento a través de ninguna vía, que no haya sido con el verdadero y legítimo dueño, por lo que aun no entiendo la obsesión de quien está detrás de la ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA, quien debe asesorase muy bien a los fines de que le expliquen legalmente la consecuencia de sus actos.

 

El legítimo propietario tienen demandas en contra de la ciudadana denunciante por ante los tribunales civiles y penales de San Juan de los Morros, por distintas pretensiones que le asisten como propietario. ¿Qué tengo que ver legalmente con esta ciudadana? Absolutamente nada. Debo asumir que hice una mala transacción y que no tengo como denunciar la Estafa cuando el vendedor falleció.

 

La ciudadana CLAUDIA ITAMAR ZAMBRANO AMAYA no tiene ni cualidad, ni legitimidad (activa) para denunciarme, solamente debería hacerlo el verdadero dueño. Ni yo tengo cualidad ni legitimidad (pasiva) para ser objeto de la denuncia de esta ciudadana. Desconozco la intención macabra de quienes la asesoran en mi contra.

 

No fui trasladada para el Socorro como Jueza Titular por este motivo. Ni yo misma conozco los motivos objetivos que condujeron a ello.

 

Ciudadano licenciado trato de ser cada día una mejor persona y ser humano, trato cada día de cultivar más valores de ética, probidad, honradez, moral, tanto como ciudadana venezolana, mujer, abogada, servidora pública, profesional, amiga, con mucha familia, con muchos alumnos de pre y post grado, a quienes me debo y jamás avergonzaría, por lo que su publicación me ha expuesto al escarnio público, en 17 años como jueza no he sido objeto de denuncias que puedan macular la administración de justicia porque creo en el derecho y en la justicia desde hace 32 años que egrese de la UC, he sido defensora publica, jueza penal, y sobre todo abogado en ejercicio. No se debe causar daño con la pluma, sin antes averiguar la veracidad de los hechos, además que las acciones y pretensiones jurídicas no se deben ventilar por la vía del periodismo, para eso están los canales regulares, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, en donde se debe llevar la verdad de los hechos con las debidas probanzas que demuestren esos alegatos.

 

Gracias por la atención de usted atentamente Ingrid Josefina del Valle Hernández, esperando tener el mismo metraje y la publicidad que la denuncia, es mi derecho.

¿Y sobre el Titulo Supletorio qué?

En la denuncia que hace la ciudadana Claudia Itamar Zambrano Amaya, ella puntualiza: “Otro hecho grave de esta denuncia, lo constituye el expediente nomenclatura 7614-17 del año 2017, donde el hoy fallecido Rafael Ramón Mejía Aldana se presentó por ante el Tribunal 1ero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Roscio y Ortiz del estado Guárico, cuya juez es la mencionada abogada Ingrid Josefina del Valle Hernández, solicitando un titulo supletorio a su favor, sobre la parcela de terreno de su propiedad, es decir, la misma propiedad que le vendió en San Sebastián de los Reyes en el 2013 a la misma juez Hernández. Lo sorprendente del caso es que la juez compradora es la misma que expidió el titulo supletorio a favor del ciudadano Mejía Aldana. ¿Cómo se puede entender esto?”

 

Sobre este hecho la juez, abogada Ingrid Josefina del Valle Hernández, nada refiere en su derecho a réplica, por lo que es muy valido apuntar y preguntar: Cómo es que si el hoy fallecido ciudadano Rafael Ramón Mejía Aldana la estafó en el 2013 con la venta; el 11 de mayo del año 2017 ella misma, en su condición de juez de Tribunal 1ero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Roscio y Ortiz del estado Guárico, le otorgó un TITULO SUPLETORIO a Rafael Ramón Mejía Aldana en los siguientes términos: “…Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Roscio y Ortiz del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano RAFAEL RAMÓN MEJÍA ALDANA, titular de la cedula de identidad N°.V- 5.629.665; dejándose a salvo los derechos de terceros…”

Realmente no se entiende, como es que si Mejía Aldana la estafó en el año 2013, ella le otorgue en el año 2017 un Titulo Supletorio sobre la misma propiedad y… con las mismas partes involucradas: Juez y vendedor.

 

José Rafael Ramírez
Periodista, CNP 3.141

 

 

NOTA RELACIONADA:

Una juez de Guárico imputada por tratar de apropiarse de un inmueble con documento falso.- https://wp.me/p7SPUx-axE

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