Medida cautelar a favor de Osorio viola la inmunidad parlamentaria

OSORIO

*** Ramón José Medina y Antonio Canova señalan que la sentencia no es clara y tampoco se adecúa a los estándares internacionales

PROHIBIDA LA CENSURA PREVIAA juicio del ex asesor legal del Colegio Nacional de Periodistas y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, Ramón José Medina, la medida cautelar que prohíbe a los dirigentes opositores Ismael García, Carlos Berrizbeitia y a Carlos Tablante difundir información sobre el ex ministro de Alimentación, Carlos Osorio, y a los medios de comunicación su publicación, es inaudita, viola la inmunidad parlamentaria y el derecho a la información de los ciudadanos.

Explica que el fallo atenta contra las atribuciones de los legisladores de denunciar y hacer contraloría a los funcionarios que administran recursos del Estado como lo establece la Constitución.

El abogado constitucionalista Antonio Canova señala que la sentencia de la juez provisoria, Omaria Escalona, reafirma que el sistema político venezolano es manejado desde el Poder Judicial. «Es absurdo proteger a un ministro que debe ser interpelado», afirmó.

Ambos especialistas destacan que hay elementos irregulares en el fallo: Medina recalca que la demanda se ejecutó en Carabobo donde no residen ninguno de los tres denunciantes y tampoco han sido notificados ni citados. «A los diputados no se les puede impedir que hablen y que se censure previamente la información».

TSJ

Canova agrega que el dictamen es impreciso: «El problema es que no se sabe con certeza de qué acción se trata, la hoja no lo especifica. Posiblemente sea una demanda invocando su derecho al honor, porque hay algunas acusaciones contra él».

El también profesor de la UCAB sostiene que «no tiene sentido una medida de ese nivel porque es propia de una dictadura y tiene que ser desconocida. Los diputados no se pueden dejar amedrentar por el ex ministro. Que los diputados no se detengan, ya que legislar y hacer contraloría es el mandato que les dio el pueblo venezolano el pasado 6-D».

Medina coincide con Canova en que los actos de los ministros o cualquier directivo de un ente público no deben esconderse usando al Poder Judicial. «Los funcionarios están expuestos al escrutinio y en el caso de los parlamentarios su función es controlar y hacer seguimiento a los titulares de la Administración Pública. No se les puede impedir que aborden el tema de la corrupción y que lo den a conocer».

Para los abogados, la medida no resuelve asuntos de fondo como la escasez y el presunto desvío de dinero para la corrupción durante la gestión de Carlos Osorio frente al Ministerio de Alimentación. Por el contrario, evita que se conozca públicamente la raíz del problema y no impide que continúe ocurriendo. «Eso perjudica a los ciudadanos, a quienes se les impide conocer qué ocurrió. Además, la censura en los medios de comunicación tampoco ayudará a que aparezca la comida en los anaqueles de los supermercados», aclara Canova.

 

Ayatola Núñez / El Nacional

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