Un escandaloso caso de drogas estremece al Poder Judicial del estado Cojedes: JUEZ SENTENCIÓ A SOLO 3 AÑOS DE CÁRCEL A SUJETOS CAPTURADOS CON 80 KILOS DE COCAÍNA

*** Aseguran que detrás de esta destemplada y sorprendente sentencia del juez de primera instancia Rolando Pérez están las manos metida del juez presidente de la Corte de Apelaciones Gabriel España Guillén

¡INSOLITO!  El Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, luego de una recomendada admisión de los hechos, condenó a la pírrica pena de tres (03) años a tres narcotraficantes que el miércoles 09 de agosto pasado fueron capturados con 80 kilos de cocaína pura*.

El tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas está considerado en la legislación penal venezolana como un crimen de lesa humanidad porque se trata de un delito lesivo al interés social, que atenta fundamentalmente contra la salubridad colectiva y que representa un potencial riesgo para la colectividad, que requiere una tutela especial y un análisis encaminado a la protección de los derechos colectivos. La Constitución en su artículo 29, subraya que “…el Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía”.

Al respecto la misma Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas establece: “Capítulo IV Delitos contra la Administración de Justicia en la Aplicación de esta Ley Artículo 54 Denegación de Justicia El juez que omita o rehúse decidir, so pretexto de oscuridad, insuficiencia, contradicción o silencio de esta Ley, será penado con prisión de uno a dos años. Si obrare por un interés privado, la pena se aumentará al doble. El juez que viole esta Ley o abuse del poder, en beneficio o perjuicio de un imputado, será penado con prisión de tres a seis años. El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, tomará las previsiones necesarias para destituirlo, pudiendo permitir su reingreso en el Poder Judicial, luego del transcurso de tres años después de cumplida la pena, siempre y cuando haya observado conducta intachable durante ese tiempo.”

EL CASO CONCRETO

El 09 de agosto 2017, tres personas fueron detenidas por efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) del estado Cojedes, por estar presuntamente involucradas en la incautación de un alijo de droga que iban escondidas en un tanque de gasolina de un vehículo de carga. El procedimiento lo practicaron la noche del pasado miércoles, funcionarios adscritos al Destacamento No. 322 de la GNB del punto de control fijo del peaje de Taguanes, en una trocha del sector El Amparo, municipio Tinaquillo, estado Cojedes. Según información aportada por el jefe del Comando de Zona de la GNB No. 32 G/B Sadner Miguel Guzmán Silva, en compañía de la gobernadora Margaud Godoy, los detenidos responden a los nombres de Domingo González, de 77 años; Javier Fernando Nieto Rodríguez y una dama identificada como Xiomara Rojas Calderón, ambos de 45 años.

En la audiencia de presentación el Tribunal dictó la medida privativa y a pesar de la acusación Fiscal, el juez Rolando Pérez del Tribunal Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la argucia de la admisión de los hechos, produjo una complaciente fallo a favor de los narcos.

Quienes nos ofrecieron toda la información y sus detalles sostienen que no puede permitirse tanta impunidad, tanto más cuando se señala internacionalmente a nuestro país como un Narco-Estado.

Nuestra fuente nos asegura que detrás de esta sentencia del juez de primera instancia Rolando Pérez está la mano metida del juez presidente de la Corte de Apelaciones Gabriel España Guillén. Lo corrobora el hecho de que este le habría pedido al Fiscal que conoce del caso, que no ejerciera el Recurso de Apelación, sin embargo este hizo caso omiso a la destemplada petición.

Actualmente el caso está en manos de la Corte de Apelaciones, quién luego del estallido de este escándalo, seguramente rectificará para no terminar de hundirse en este lodo de la corrupción judicial.

 

José Rafael Ramírez
Periodista, CNP 3.141
 

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