Justicia sólo para el mejor postor: Un sujeto libanes de nombre Jean Antiba manda en tribunales de Aragua

«La justicia no será servida hasta que aquellos que no están afectados estén tan indignados como los que lo están»

 

Benjamín Franklin

 

 

***  ¡Increíble pero cierto! El árabe Jean Antiba Abdel, quién de feroz “anti-chavista” pasó a “furibundo revolucionario”, sigue manejando la justicia en Aragua a su antojo. No solo ejerció violencia contra su ex pareja, Manyore Elizabeth Lugo González, sino que además logró en el Circuito de Protección de Aragua que le  arrebataran la patria potestad del niño a la madre. Vocifera que está protegido por Marjorie Calderón de Viamonte, magistrada de la Sala Social del TSJ

En materia de divorcio los hijos no tienen porque pagar las consecuencias de las “guerras” que estallan entre sus padres, cuando se produce la ruptura, sin embargo, los menores, son los más afectados por la irracionalidad de uno de los conyugues o de ambos. Esta es una realidad que se vive a diario en nuestro país.

Para regular la relación de todos los involucrados en los divorcios, existen leyes y, tribunales, especialmente los de protección del niño y del adolescente, los cuales deberían aplicar las normas, siempre teniendo en cuenta el principio constitucional que establece el interés superior del menor, lamentablemente en muchos casos no es así, porque aplican solo el “cuanto hay pa’ eso”.

Jean Antiba Abdel, EL libanes manda en tribunales de Aragua

Veamos un caso concreto, donde le tuercen los brazos a la justicia, para favorecer al mejor postor, es decir, a quién compra el favor judicial. En mes de abril del año 2016, ante el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del estado Aragua, a cargo de la hoy ex juez Ledy Silva se llevo a cabo el divorcio (Asunto DP41-V-2016-00326) entre  Manyore Elizabeth Lugo González, titular del numero de cedula 18.780.189 y Jean Antiba Abdel, titular del numero de cedula 13.822.041, en el cual se estableció todo lo referente al régimen de convivencia familiar en relación al único hijo de la pareja. Para aquel momento, se le impuso al padre el aporte de 30.000 bolívares mensuales por concepto de manutención,  además del pago del colegio, seguro de vida y hospitalización, vestuario u otros gastos que el niño requiera. El caso es, que Jean Antiba Abdel jamás cumplió con su deber de padre. No se hizo cargo de ninguna manutención, ni de gasto referente al niño. Fue la madre quién asumió plenamente esa responsabilidad, además que cumplió al pie de la letra con lo establecido en el régimen de convivencia familiar impuesto por el tribunal, dejando que el niño pernoctara con su padre dos fines de semana al mes, situación que tuvo que suspender debido a que su ex pareja, el libanes Jean Antiba Abdel, la maltrataba cada vez que había algún encuentro,  para entregar o recoger al niño, o simplemente cuando se encontraba de casualidad en cualquier lugar público, hecho este que consta en sentencia condenatoria contra Jean Antiba Abdel en la causa DP01-S-2016-000158, (en fecha 09 de Marzo del 2016, se efectuó acto formal de imputación del ciudadano: JEAN ANTIBA ABDEL ANTIBA, ante la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Publico del Estado Aragua, donde se le atribuyó la presunta comisión del delito de ACOSO y HOSTIGAMIENTO tipificado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia)

En vista al incumplimiento de la obligación de manutención y gastos del niño, la madre, Manyore Elizabeth Lugo González, interpuso una demanda de privación de la patria potestad, contra Jean Antiba Abdel, por ante el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Aragua. La causa llegó al  Tribunal 2do de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del estado Aragua.

Manyore Elizabeth Lugo González, LA VÍCTIMA

Ahora bien, pasado más de año la juez Ledy Silva decidió abrir una incidencia en el expediente del divorcio, sin siquiera notificar a la madre, contrariando así los criterios del TSJ, donde se establece que, en toda causa paralizada por más de 4 meses es necesario notificar a las partes para reapertura o realizar cualquier acto procesal a que tenga lugar. No cumpliéndose entonces, con el obligatorio principio de notificación única, la juez Silva, evidentemente parcializada con el demandado, dictó medida de prohibición de salida del país del niño, a petición del padre. Desde ese momento comenzó una fuerte influencia y manipulación del Jean Antiba Abdel en ese Circuito Judicial, quién colmaba de dadivas y regalos a jueces y personal de esos tribunales. Esa prohibición de salida del país fue impugnada por la madre del menor, Manyore Elizabeth Lugo González, mediante un Amparo Constitucional, pero nada logró, porque ese recurso judicial se estrelló contra la corrupción judicial. Como si eso fue suficiente, el libanes Jean Antiba logró que en ese Circuito Judicial ¿de Protección? de Niños, Niñas y Adolescentes, despojar a la madre de la custodia de su hijo, de 6 años de edad para la fecha.

Fue el juez provisorio Juan José Contreras , del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del estado Aragua,  quien decretó a favor del padre Jean Antiba Abdel Antiba,  una medida cautelar de custodia, sin analizar las demandas interpuestas por la madre, donde se evidencia el incumplimiento por parte del padre, a todo lo relacionando a la manutención del niño, y mucho menos, consideró el juez, lo inejecutable de esa medida Cautelar, por ser de su conocimiento que el niño tiene más de dos (02) años fuera del país; y lo más grave, desestimó las pruebas promovidas por la defensa de la madre, como la sentencia condenatoria de violencia de género, en la cual se evidencia el maltrato del cual fue víctima la madre del niño, Manyore Elizabeth Lugo González, por parte de libanes Jean Antiba Abdel. Según criterio reiterado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en materia de niños niñas y adolescente, se reitera la concepción que el maltrato ejercido sobre la madre de un menor, afecta o recae directamente sobre este. Con estas decisiones por parte de los Tribunales de Protección, queda demostrado que el  libanes Jean Antiba Abdel, hace y deshace en el Poder Judicial del estado Aragua. (http://lara.tsj.gob.ve/DECISIONES/2018/DICIEMBRE/2364-10-DP01-S-2016-000158-PJ0012018001922.HTML

Además de lo antes expuesto, el juez provisorio Juan José Contreras, consideró innecesario valorar la prueba promovida por la representación de la demandante Manyore Lugo, para tomar su tan arbitraria decisión. Este juez, se negó a que el equipo multidisciplinario del tribunal escuchara a la madre del niño, vía online, como prueba fundamental para en este proceso. Al ver tal atropello y violación extrema de los derechos de Manyore Elizabeth Lugo González, su defensa ejerció un recurso de apelación, pues esas pruebas resultan fundamentales y pertinentes para la decisión del caso.

Hasta la presente fecha no se ha tenido respuesta de tal apelación, pero llama poderosamente la atención que la presente causa  siguió su curso, distribuido al Tribunal Segundo de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del estado Aragua  a cargo de la Juez Rossani Farías, quien previamente, tenía instrucciones precisas de sentenciar a favor del padre del niño, Jean Antiba Abdel. En plena audiencia, la defensa de Manyore Elizabeth Lugo solicitó suspender el acto, hasta tanto no se decida el mencionado recurso de apelación por ante en el Juzgado Superior, vista la importancia y necesidad de la admisión de estas pruebas, tomando en cuenta que el niño y la madre tiene derecho a ser oídos.

 La juez  Farías en pleno acto declaró un receso para reunirse y consultar con su superiora, sobre si podía o no dar el lapso solicitado por la defensa de la señora Lugo. En medio de ese receso el libanes Jean Antiba Abdel vociferó a los cuatro vientos en plena Sala, que esa audiencia era una mera formalidad, pues la decisión ya estaba tomada a su favor, y que de inmediato iba a hacerle una llamada a Marjorie Calderón de Viamonte, magistrada de la Sala Social del TSJ, “… quien es mi amiga, para que ordene que se  continúe con el juicio sin ningún tipo de dilaciones…”.  Así mismo ocurrió. En escasos 30 minutos, la Juez Rossani Farías volvió a la sala manifestando que el juicio continuaría sin importar las resultas del Superior en relación a la apelación. La juez, cumplió con la formalidad del proceso de escuchar a la defensa, pero de inmediato se pronunció, otorgándole la custodia del niño al padre, sin importar que dicha sentencia es inejecutable, debido a que la madre y el niño tienen más de dos años fuera del país.

En contra de esta irrita decisión se ejerció el respectivo recurso de apelación en marzo del año 2020 y otra vez, esta causa fue engavetada por jueces que solo atienden a la corrupción y hasta la presente fecha, ni siquiera la han admitido, incurriendo en violación al debido proceso, derecho a la defensa, denegación de justicia y a la tutela judicial efectiva

Recordamos que este árabe de origen libanes, Jean Antiba Abdel, pasó de ser feroz “anti-chavista” a “furibundo revolucionario”. En las redes sociales escribía: “A Maduro lo llaman el rey de los burros”. “Basura como tú y tu gobierno tan corrupto”. “A la calle sin miedo el 3 de noviembre a sacar ese gobierno dictador”. “Maduro ¿no serás tú quien debe estar preso con las bandas de ladrones que tiene este gobierno?” “Diosdado tarde o temprano van a pagar todo lo que le han hecho a este país, ratas narcos traficantes….”. Hoy los jueces revolucionarios le lamen los zapatos. ¡Habráse visto!

 

 

José Rafael Ramírez
Periodista, CNP 3.141

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